Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Sistema electrónico con el uso de un tabulador que permita consultar el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos, así como informes de avance trimestral de dichos ingresos;
- Fecha de creación: 15 Enero 2020
- Vigencia: 31 Diciembre 2019
- Validación: 15 Enero 2020
- Autoridad que la crea o remite: Policía Auxiliar
Sistema electrónico con el uso de un tabulador que permita consultar el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos, así como informes de avance trimestral de dichos ingresos;
Esta obligación es atribución de la Secretaría de Administración y Finanzas de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
CONSULTA AQUÍ EL PORTAL DE TRANSPARENCIA DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO: http://transparencia.finanzas.cdmx.gob.mx/articulos/art123_15.html
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- Fecha de creación: 15 Enero 2020
- Actualización: 31 Diciembre 2019
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia