Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por el Gobierno de la Ciudad de México que permitan que el usuario conozca de manera rápida y sencilla el tipo de uso de suelo con que cuenta cada predio, a través de mapas y planos georreferenciados;
- Fecha de creación: 30 Abril 2019
- Vigencia: 31 Marzo 2020
- Validación: 31 Marzo 2020
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
- VII. No aplica. Esta obligación es atribución de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México en el artículo 9, fracciones II y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, que a la letra dice: “ II. Integrar el registro estadístico de información de usos de suelo por lote, colonia, zona y Delegación,III. Administrar su Sistema de Información Geográfica”
http://data.seduvi.cdmx.gob.mx/portal/index.php/transparencia/