Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción VII

La  información  detallada  que  contengan  los  planes  de  desarrollo  urbano,  ordenamiento  territorial  y  ecológico,  los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por el Gobierno de la Ciudad de México que permitan que el  usuario  conozca  de  manera  rápida  y  sencilla  el  tipo  de  uso  de  suelo  con  que  cuenta  cada  predio,  a  través  de  mapas  y planos georreferenciados;

Ejercicio 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021
  • Fecha de creación: 30 Abril 2019
  • Vigencia: 31 Marzo 2020
  • Validación: 31 Marzo 2020
  • Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
  • VII. No aplica. Esta obligación es atribución de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México  en el artículo 9, fracciones II y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, que a la letra dice: “ II. Integrar el registro estadístico de información de usos de suelo por lote, colonia, zona y Delegación,III. Administrar su Sistema de Información Geográfica”


 http://data.seduvi.cdmx.gob.mx/portal/index.php/transparencia/

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.