Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Un listado de las oficinas del Registro Civil en la Ciudad de México, incluyendo su ubicación, el currículum y antigüedad en el cargo de los oficiales o titulares y las estadísticas de los trámites que realice.
Ejercicio 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021
- Fecha de creación: 30 Abril 2019
- Vigencia: 31 Marzo 2020
- Validación: 31 Marzo 2020
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
- XX. No aplica. De acuerdo con lo establecido en el artículo 43, fracción XVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y Servicios Legales.
http://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/transparencia/articulo-123
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.