Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Sistema electrónico con el uso de un tabulador que permita consultar el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos, así como informes de avance trimestral de dichos ingresos;
Ejercicio 2022. Artículo 123 Fracción XV
- Fecha de creación: 02 Enero 2023
- Vigencia: 02 Enero 2023
- Validación: 29 Diciembre 2023
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
- XV. No aplica. De acuerdo con lo establecido en el artículo 27, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, esta es una obligación de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México.
http://transparencia.finanzas.cdmx.gob.mx/articulos/art123_15.html
Artículo 123. Fracción XV. Leyenda de no aplicabillidad. Ejercicio 2022
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- Fecha de creación: 02 Enero 2023
- Actualización: 13 Enero 2023
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.