Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción I

El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse la gaceta oficial, leyes, códigos,reglamentos, decretos de creación, reglas de procedimiento, manuales administrativos, reglas de operación, criterios,políticas emitidas aplicables al ámbito de su competencia, entre otros;

Inciso a

Normatividad aplicable

Subdirección Jurídica Leyes, Códigos, Decretos y Reglamentos 2018
  • Fecha de creación: 30 Marzo 2018
  • Vigencia: 04 Abril 2018
  • Validación: 11 Julio 2018
  • Autoridad que la crea o remite: Subdirección Jurídica

Leyes, Códigos, Decretos y Reglamentos 2018.

Informe Primer Trimestre
  • Fecha de creación: 01 Enero 2018
  • Actualización: 04 Abril 2018
  • Autoridad que la crea o remite: Subdirección Jurídica Artículo 121 fracción Ia
Informe Segundo Trimestre
  • Fecha de creación: 30 Marzo 2018
  • Actualización: 04 Abril 2018
  • Autoridad que la crea o remite: Subdirección jurídico Artículo 121 fracción I A
Informe Tercer Trimestre
  • Fecha de creación: 02 Julio 2018
  • Actualización: 04 Octubre 2018
  • Autoridad que la crea o remite: Subdirección jurídica Artíoulo 121 fracción I A
Informe Cuarto Trimestre
  • Descarga:
  • XLS
  • Fecha de creación: 31 Diciembre 2018
  • Actualización: 10 Enero 2019
  • Autoridad que la crea o remite: Subdirección Jurídica Artículo 121 fracción I A
Cuarto trimestre 2019
  • Descarga:
  • XLS
  • Fecha de creación: 31 Diciembre 2019
  • Actualización: 31 Diciembre 2019
  • Autoridad que la crea o remite: Subdirección Jurídica y Normativa
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.