Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XXXVI

El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;

Inciso e

Inventario de altas practicadas a bienes inmuebles 

Art. 121 Fracción XXXVI Inciso E 2023
  • Fecha de creación: 17 Julio 2023
  • Vigencia: 30 Junio 2023
  • Validación: 30 Junio 2023
  • Autoridad que la crea o remite: SEDUVI / DGAF

Actualización de la Fracción XXXVI Inciso E

A121Fr36E_Inventario-de-altas_inmuebles 1er Sem 2023
  • Fecha de creación: 17 Julio 2023
  • Actualización: 30 Junio 2023
  • Autoridad que la crea o remite: SEDUVI/DGAF
A121Fr36E_Inventario-de-altas_inmuebles 2do Sem 2023
  • Fecha de creación: 10 Enero 2024
  • Actualización: 10 Enero 2024
  • Autoridad que la crea o remite: SEDUVI / DGAF
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.