Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XLVI

El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;

Inciso a

Hipervínculo al sitio en Internet donde los institutos de seguridad social publiquen los listados de jubilados y pensionados de los sujetos obligados, así como el monto de su pensión.

2017
  • Fecha de creación: 02 Enero 2017
  • Vigencia: 01 Enero 2018
  • Validación: 31 Diciembre 1969
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración de Personal

Dicha información puede ser consultada en las siguientes ligas, concerniente a dicho sujeto obligado:


http://www.issste.gob.mx/transparencia/transparenciaobligaciones.html

http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.