Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XLIV

Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos;

Inciso a

Evaluaciones a programas financiados con recursos públicos realizadas

NO APLICA
  • Fecha de creación: 13 Noviembre 2016
  • Vigencia: 31 Diciembre 2019
  • Validación: 06 Agosto 2019
  • Autoridad que la crea o remite: STC

El Sistema de Transporte Colectivo, no cuenta con atribuciones para generar encuestas a programas financiados con recursos públicos, al ser su objeto diverso de conformidad con el artículo 1 del Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado Sistema de Transporte Colectivo, el cual establece que tiene como objeto el mantenimiento, operación y explotación de un tren con recorrido subterráneo, superficial y elevado, para el transporte colectivo de pasajeros en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, áreas conurbadas de ésta y del Estado de México. (Formatos a y b)                                                           http://cgservicios.df.gob.mx/prontuario/vigente/r165901.htm                                https://www.metro.cdmx.gob.mx/


Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.