Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XXXVIII

La relación del número de recomendaciones emitidas por el Instituto al sujeto obligado, y el seguimiento a cada una de ellas;

Relación de número de recomendaciones emitidas por el INFODF.2021.3
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2021
  • Vigencia: 30 Septiembre 2021
  • Validación: 30 Septiembre 2021
  • Autoridad que la crea o remite: UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL ORGANISMO REGULADOR DE TRANSPORTE

A EFECTO DE DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 114 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DE CONFORMIDAD CON EL TRANSITORIO OCTAVO DEL DECRETO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO, DENOMINADO ORGANISMO REGULADOR DE TRANSPORTE.

121 fraccion XXXVIII 3 trim 2021
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2021
  • Actualización: 30 Septiembre 2021
  • Autoridad que la crea o remite: UNIDAD DE TRANSPARENCIA
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.