Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción LII

Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad del sujeto obligado además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.;

Inciso b

Información de interés público

Preguntas Frecuentes 2021.3
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2021
  • Vigencia: 30 Septiembre 2021
  • Validación: 30 Septiembre 2021
  • Autoridad que la crea o remite: UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL ORGANISMO REGULADOR DE TRANSPORTE

A EFECTO DE DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 114 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DE CONFORMIDAD CON EL TRANSITORIO OCTAVO DEL DECRETO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO, DENOMINADO ORGANISMO REGULADOR DE TRANSPORTE.

Preguntas Frecuentes 2021.3
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2021
  • Actualización: 30 Septiembre 2021
  • Autoridad que la crea o remite: UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL ORGANISMO REGULADOR DE TRANSPORTE
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.