Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XI

Las cantidades recibidas por concepto de multas y servicios de grúa y almacenamiento de vehículos, en su caso, así como el destino al que se aplicaron;

XI. a) Leyenda de no aplicabilidad de Sujeto Obligado.
  • Fecha de creación: 31 Diciembre 2018
  • Vigencia: 31 Diciembre 2018
  • Validación: 31 Diciembre 2018
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección Ejecutiva de Administración-UT.

NO APLICA. la fracción en mención no aplica para la Coordinación de los Centros de Transferencia Modal, en virtud de que es la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, la Unidad que detenta dicha información.

  • Hipervínculo a la Secretaría de Finanzas

http://data.finanzas.cdmx.gob.mx/transparencia/articulos.html?id=15&pg=15_3

  • Hipervínculo a la Secretaría de Movilidad

http://www.semovi.cdmx.gob.mx/

  • Hipervínculo a la Secretaría de Seguridad Pública

http://www.ssp.cdmx.gob.mx/

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.