Artículo 135

Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los Fideicomisos, Fondos Públicos,mandatos o cualquier contrato análogo, deberán poner a disposición del público de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, además de mantener actualizada y accesible, en lo que resulte aplicable a cada contrato, la siguiente información:

Fracción VI

El padrón de beneficiarios, en su caso;

Beneficiarios del FES CDMX. 2018-2023 (a y b)
  • Fecha de creación: 01 Febrero 2017
  • Vigencia: 31 Diciembre 2023
  • Validación: 03 Abril 2023
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección de Operación y Proyectos del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de la Ciudad de México.

ARTICULO 135 - FRACCION VI (A) Padrón de beneficiarios y beneficiarias del fideicomiso o fondo público En esta fracción los fideicomisos, los fondos públicos, mandatos o cualquier contrato análogo, con o sin estructura orgánica en los tres niveles de gobierno deberán publicar un padrón, que detalle la información sobre los beneficiarios, derivados del propósito, objetivo, acción o programa desarrollado por el fondo o fideicomiso.

ARTICULO 135 - FRACCION VI (B) Obras de beneficio público realizadas por el fideicomiso o fondo público Para dar cumplimiento a esta fracción en caso de que los recursos públicos del fideicomiso o fondo público se destinen a obras de beneficio público, deberán publicar información relativa a el beneficio público, la descripción de la obra pública y los beneficios sociales esperados, el desglose de montos de recursos públicos que estén involucrados en el beneficio que reciben.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.