Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro decomunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente;
- Fecha de creación: 01 Octubre 2020
- Vigencia: 31 Diciembre 2020
- Validación: 01 Octubre 2020
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
Fracción XLI. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos.
Nota: El Fondo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito (FAAVID), tiene como objetivo proporcionar apoyos económicos a víctimas de delitos de alto impacto suscitados dentro de la Ciudad de México, siendo requisito indispensable el de contar con la calidad de víctima, de conformidad con el artículo 25 de la Ley de Atención y Apoyo a Víctimas del Delito para el Distrito Federal, el FAAVID tiene la finalidad de garantizar a la víctima u ofendido de un delito el apoyo económico que le otorga el Consejo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito.
El Fondo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito, únicamente otorga apoyos económicos a víctimas del delito, el FAAVID no implementa ningún tipo de programas, ni es un programa social. Por otra parte, se informa que mediante decreto publicado el día 19 de febrero de 2018, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, se Abrogó la Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal, expidiéndose la Ley de Víctimas para la Ciudad de México, por lo que se iniciarán las gestiones para la extinción del Fideicomiso Público Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito, por lo que este fideicomiso ya no otorga apoyos económicos.
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- Fecha de creación: 01 Octubre 2020
- Actualización: 01 Octubre 2020
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
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- Actualización: 01 Octubre 2020
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia