Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción VIII

El directorio de todas las personas servidoras públicas, desde el titular del sujeto obligado hasta jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, fotografía, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;

Directorio
  • Fecha de creación: 30 Junio 2025
  • Vigencia: 30 Junio 2025
  • Validación: 15 Julio 2025
  • Autoridad que la crea o remite: Fideicomiso Fondo Público de Atención al Ciclista y al Peatón

Conforme a la Tabla de Aplicabilidad de las obligaciones de transparencia que debe publicar en su Portal de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia el Fondo Público de Atención al Ciclista y al Peatón de la Ciudad de México; esta fracción no aplica, ya que este Fideicomiso no cuenta con estructura orgánica. Lo anterior, de acuerdo con la cláusula primera del Contrato de Fideicomiso.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.