Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XIX

La  georreferenciación  e  imagen  de  todas  las  obras  públicas,  señalando:  sector  al  que  pertenece,  ubicación,  monto asignado y ejercido;

Art123Fr19_Georreferenciación-obras_2026
  • Fecha de creación: 01 Enero 2026
  • Vigencia: 31 Marzo 2026
  • Validación: 30 Abril 2026
  • Autoridad que la crea o remite: Instituto del Deporte de la Ciudad de México

XIX. La georreferenciación e imagen de todas las  obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto  asignado y ejercido;

Con fundamento en la Tabla de aplicabilidad con la relación de  artículos y fracciones que debe publicar cada sujeto obligado de la  Ciudad de México Obligaciones de Transparencia comunes y especificas  establecidas en los artículos 121 a 147 respectivamente de la LTAIPRC  publicada en la GOCDMX el 06 de mayo de 2016, el artículo 123 Fracción  XIX no es de aplicabilidad para este Órgano Descentralizado.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.