Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción V

Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones,deban establecer;

Artículo 121 Fracción 5
  • Fecha de creación: 29 Diciembre 2017
  • Vigencia: 19 Febrero 2018
  • Validación: 31 Diciembre 1969
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección de Dictámenes de Seguridad Estructural de Edificaciones Existentes en el Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el D.F.

Artículo 121. Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

V. Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer

Artículo 121 Fracción 5
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  • Fecha de creación: 29 Diciembre 2017
  • Actualización: 16 Mayo 2018
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección de Dictámenes de Seguridad Estructural de Edificaciones Existentes en el Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el D.F.
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