Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
El listado de patentes de corredores y notarios públicos otorgadas, en términos de la Ley respectiva; así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamientode la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado.
- Fecha de creación: 01 Octubre 2023
- Vigencia: 31 Diciembre 2023
- Validación: 31 Diciembre 2023
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación de Asuntos Jurídicos
NO APLICA
De acuerdo a lo establecido en el artículo 43, fracción XXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 01 Octubre 2023
- Actualización: 31 Diciembre 2023
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación de Asuntos Jurídicos