Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XXVI

Los resultados de estudios de calidad del aire

CALIDAD DEL AIRE 1-2023
  • Fecha de creación: 01 Enero 2023
  • Vigencia: 31 Marzo 2023
  • Validación: 31 Marzo 2023
  • Autoridad que la crea o remite: UNIDAD DE TRANSPARENCIA

Con fundamento en el Decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado, denominado Organismo Regulador de Transporte, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 4 de agosto de 2021 y del artículo 1º del Estatuto Orgánico del Organismo Regulador de Transporte, informo que de conformidad con el artículo 183 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México corresponde a la Dirección General de Calidad del Aire de la Secretaría del Medio Ambiente, elaborar diagnósticos y tendencias de calidad del aire en la Ciudad de México y establecer y aplicar los mecanismos de difusión de la información de calidad del aire en la Ciudad de México.

hipervínculo 

http://www.aire.cdmx.gob.mx/default.php

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.