Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XLVII

Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;

Inciso a

Ingresos recibidos 

Ingresos recibidos 2020
  • Fecha de creación: 01 Enero 2020
  • Vigencia: 31 Diciembre 2020
  • Validación: 14 Enero 2021
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección de Recursos Financieros

Los sujetos obligados publicarán información sobre los recursos recibidos por cualquier concepto, de conformidad con la respectiva ley de ingresos, incluidos, los obtenidos por impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios, ayudas e ingresos derivados de financiamientos, así como los ingresos recaudados.

Periodo de actualización: Trimestral, con datos mensuales.

Conservar en el sitio de Internet: información vigente y la correspondiente a dos ejercicios anteriores

Aplica a: todos los sujetos obligados

Descarga información 2020
  • Descarga:
  • XLS
  • Fecha de creación: 01 Enero 2020
  • Actualización: 31 Diciembre 2020
  • Autoridad que la crea o remite: Coordinacion de Finanzas, JUD de Control Presupuestal
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.