Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por el Gobierno de la Ciudad de México que permitan que el usuario conozca de manera rápida y sencilla el tipo de uso de suelo con que cuenta cada predio, a través de mapas y planos georreferenciados;
- Fecha de creación: 01 Enero 2023
- Vigencia: 31 Diciembre 2023
- Validación: 01 Septiembre 2023
- Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Inclusión y Bienestar Social
"No aplica Dentro del ámbito de las facultades y atribuciones conferidas a esta Secretaría, en el Artículo 40 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y Administración Pública de la Ciudad de México De acuerdo con lo establecido en el Artículo 9,fracciones II y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, ésta es una obligación de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México."