Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XXXVI

El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;

Inciso f

Inventario de bajas practicadas a bienes inmuebles

Ejercicio 2023
  • Fecha de creación: 01 Enero 2023
  • Vigencia: 31 Diciembre 2023
  • Validación: 19 Enero 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas

Primer Semestre

       15/07/2023
16/07/2023   

Segundo Semestre

       19/01/2024
18/01/2024   

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.