Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XLVI

El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;

Inciso a

Hipervínculo al sitio en Internet donde los institutos de seguridad social publiquen los listados de jubilados y pensionados de los sujetos obligados, así como el monto de su pensión.

Jubilados y pensionados
  • Fecha de creación: 10 Enero 2023
  • Vigencia: 25 Julio 2023
  • Validación: 20 Octubre 2023
  • Autoridad que la crea o remite: Subdirección de la Unidad de Transparencia y Control de Gestión Documental

El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;


Nota "NO APLICA

El listado de jubilados y pensionados es generado y publicado por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) Además, deberá publicar el hipervínculo al sitio de Internet en el que los institutos de seguridad social publiquen los listados de jubilados y pensionados de los primeros, así como el monto de la porción de su pensión que reciban directamente del Estado Mexicano.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.