Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción VII

La  información  detallada  que  contengan  los  planes  de  desarrollo  urbano,  ordenamiento  territorial  y  ecológico,  los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por el Gobierno de la Ciudad de México que permitan que el  usuario  conozca  de  manera  rápida  y  sencilla  el  tipo  de  uso  de  suelo  con  que  cuenta  cada  predio,  a  través  de  mapas  y planos georreferenciados;

Informes de Desarrollo Urbano
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2023
  • Vigencia: 30 Diciembre 2023
  • Validación: 14 Enero 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección General de Coordinación de Politicas y Cultura Ambiental

La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por el Gobierno de la Ciudad de México que permitan que el usuario conozca de manera rápida y sencilla el tipo de uso de suelo con que cuenta cada predio, a través de mapas y planos georreferenciados;

NO SE GENERÓ INFORMACIÓN

De conformidad con las facultades conferidas en el Manual Administrativo de la Secretaría del Medio Ambiente, con número de registro MA-41-SEDEMA-12C7287, publicado en Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de febrero de 2023; y de acuerdo al Dictamen de la Tabla de aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia de la Secretaría del Medio Ambiente aprobadas por el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.


"Durante los ejercicios  2021, 2022 y 2023, no se generó información referente a informes de desarrollo urbano, ya que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9, fracciones II y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, ésta es una obligación de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México." 


De acuerdo a sus atribuciones, sólo compete a la Secretaría del Medio Ambiente el Programa General de Ordenamiento Ecológico

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.