Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XXXVI

El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;

Inciso e

Inventario de altas practicadas a bienes inmuebles 

ARTÍCULO 121 FRACCIÓN XXXVI INCISO E
  • Fecha de creación: 31 Marzo 2018
  • Vigencia: 31 Diciembre 2018
  • Validación: 31 Diciembre 2018
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría Ejecutiva del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México

Inventario de altas practicadas a bienes inmuebles.


(De conformidad con los nuevos formatos que emitió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para atender las obligaciones de transparencia de los sujetos obligados para el año 2018, se informa que durante la descarga y consulta de información de años anteriores y el 2018, se presentarán en los formatos XLS o Excel la diferenciación con etiquetas en pestañas como se refiere a continuación: “años anteriores” y “2018”). 

ARTÍCULO 121 FRACCIÓN XXXVI INCISO E
  • Fecha de creación: 30 Abril 2018
  • Actualización: 31 Diciembre 2018
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría Ejecutiva del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.