Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Sistema electrónico con el uso de un tabulador que permita consultar el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos, así como informes de avance trimestral de dichos ingresos;
- Fecha de creación: 01 Enero 2023
- Vigencia: 30 Diciembre 2023
- Validación: 21 Enero 2024
- Autoridad que la crea o remite: STE CDMX
No aplica, esta obligación es atribución de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
Ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023
http://transparencia.finanzas.cdmx.gob.mx/articulos/art123_15.html
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 01 Enero 2020
- Actualización: 31 Diciembre 2020
- Autoridad que la crea o remite: STE CDMX
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 01 Enero 2021
- Actualización: 31 Diciembre 2021
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 03 Enero 2022
- Actualización: 31 Diciembre 2022
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 01 Enero 2023
- Actualización: 30 Diciembre 2023
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia