Toda información que brinden los sujetos obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar:
El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y
- Fecha de creación: 01 Enero 2019
- Vigencia: 30 Septiembre 2019
- Validación: 15 Octubre 2019
- Autoridad que la crea o remite: STECDMX
NO APLICA
Al Servicio de Transportes Eléctricos de la Ciudad de México, no se le asignan recursos para la ejecución de ningún tipo de obra pública
Dentro de las atribuciones del Servicio de Transportes Eléctricos de la Ciudad de México no se encuentra la competencia para realizar obra pública, por lo que este Sujeto Obligatorio no le APLICA la el Formato del Artículo 143 Fracc VII.
El objetivo del Servicio de Transportes Eléctricos de la Ciudad de México, es el Transporte de pasajeros a través de trolebús, tren ligero, servicio individual de pasajeros (Taxi Eléctrico), además de lo estipulado en los artículos 1° y 2° de la Ley Descentralizada de Servicio Público "Servicio de Transportes Eléctricos del D.F"