Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
El listado de patentes de corredores y notarios públicos otorgadas, en términos de la Ley respectiva; así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamientode la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado.
- Fecha de creación: 13 Enero 2020
- Vigencia: 30 Septiembre 2023
- Validación: 08 Septiembre 2021
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación Jurídico Normativa
No aplica. Esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de acuerdo con lo establecido en el artículo 43, fracción XXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, que a la letra dice: “Someter a la consideración de la persona titular de la Jefatura de Gobierno el otorgamiento de patentes de notario y aspirante, así como establecer los lineamientos y criterios técnico-jurídicos para la aplicación y supervisión del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia notarial y recibir, tramitar, substanciar y resolver las quejas en contra de notarios"
Ver sitio Consejería Jurídica y de Servicios Legales (Vínculo a una página web externa)