Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XXVII

Los dictámenes de cuenta pública así como los estados financieros y demás información que los órganos de fiscalización superior utilizan para emitir dichos dictámenes;

Inciso a

Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública ASCM

Resultados de la Revisión de Cuenta Pública 2024
  • Fecha de creación: 01 Enero 2024
  • Vigencia: 29 Marzo 2024
  • Validación: 17 Abril 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Administración y Finanzas

Los sujetos obligados, publicarán el Informe Final de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública que la Secretaría de Administración y Finanzas haya remitido al sujeto obligado, y establecer un vínculo a las solventaciones o aclaraciones de los resultados derivados de las auditorías concluidas que haya realizado a los sujetos obligados y que publica la Auditoría Superior de la Ciudad de México en su fracción V del artículo 127 de la LTAIPRC.

Periodo de actualización: ANUAL 

En su caso, 15 días hábiles después de que el contador público independiente entregue una dictaminación especial.

Conservar en el sitio de Internet: información de seis ejercicios anteriores

Aplica a: todos los sujetos obligados

Descarga informción 2024
  • Fecha de creación: 01 Enero 2024
  • Actualización: 29 Marzo 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Administración y Finanzas
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.